La actividad fue organizada por la XI Dirección Regional del Servicio de Impuestos Interno, apoyado por la Universidad Austral de Chile, Campus Patagonia.

 

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Con más de 100 participantes se llevó a cabo el Seminario Implementación de la Reforma Tributaria”, impulsado por el SII en conjunto con el Instituto Chileno de Derecho Tributario, en el Salón Auditorio del Centro Cultural de Coyhaique, instancia que contó con la participación de diversos centros educativos de la comuna, además de abogados y notarios de los servicios públicos y privados presentes en la zona.

La ocasión sirvió vincular a la comunidad y en especial a los profesionales del mundo contable y de asesoría legal con las principales modificaciones a la normativa tributaria, las cuales fueron incorporadas a la Reforma Tributaria, bajo la ley 20.780 y su simplificación a la ley 20.899.

Cabe destacar que este seminario contó con la presencia de reconocidos profesionales del área tributaria en el ámbito público y privado, como también las presentaciones del Juez del Tribunal Tributario y Aduanero de la región de Aysén y el jefe del Departamento Jurídico de la XI Dirección del Servicio de Impuestos Internos.

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Entrevista: Roberto Aguirre, Juez TTA Región de Aysén

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¿Cómo calificaría el desarrollo del Seminario?

Dentro de mi participación tuve necesidad de referirme a otros aspectos que consideré de interés debido al desconocimiento general que existe acerca del funcionamiento de nuestros tribunales. En esta ocasión se encontraban presentes contadores, abogados, funcionarios de los servicios involucrados y estudiantes, por lo que aproveché la instancia para acercar el tribunal a la comunidad, por lo que estimo sumamente valioso el seminario organizado y las futuras instancias que se generen para este efecto.

 

Respecto de lo anterior ¿cuáles serán las nuevas competencias de los TTA una vez promulgado el proyecto de ley que fortalece la Justicia Tributaria y Aduanera?

Esta ley aborda diversos aspectos como las competencias para resolver la nulidad de derecho público. Este es un asunto sobre el cual los TTA no teníamos competencias, siendo una alegación que muchas veces hacían los contribuyentes, dirigidas a dejar sin efecto las actuaciones del SII o Aduanas por contener algún vicio producido dentro del órgano administrativo. Cuando esto sucedía, debíamos declararnos incompetentes o aplicar la máxima creatividad para pronunciarnos acerca de vicios que claramente anulaban el acto reclamado.

Además, la conciliación obligará a nuestros tribunales a llamar a las partes a esta instancia para proponer un arreglo que eventualmente puede poner fin a la controversia, si ambas partes están de acuerdo. La norma que entrega esta facultad fija los límites dentro del cual se puede conciliar, dejando a salvo el principio de legalidad, según el cual sólo por ley se pueden imponer, modificar o suprimir impuestos

Sobre la observación a la prueba y la esperada reclamación electrónica en los TTA

La observación a las pruebas corresponde a una actuación necesaria y faltante dentro del procedimiento tributario, junto con ello, y en un plazo máximo de un año a contar de la promulgación de la ley, incorporaremos a nuestros procedimientos la tramitación electrónica, por medio del cual, las partes podrán hacer sus presentaciones por vía web, asemejándonos a lo que ocurre en todos los tribunales y cortes del país.